DECRETO 213/18

Fecha de Sanción: 
03-09-2018
Descripción: 

VISTO: Las solicitudes de becas presentadas por los estudiantes del Distrito de General Arenales en su nivel Terciario y Universitario,
Y CONSIDERANDO: Que, el informe de la Dirección de Deportes, Turismo y Juventud Municipal justifica el otorgamiento de las mismas, y que es política pública del estado municipal brindar acceso a la educación de calidad e inclusión,
Por ello: la Intendente Municipal en uso de sus facultades:
DECRETA:
ARTICULO 1°: OTORGASE a partir del mes de septiembre del corriente año y hasta el mes de diciembre (inclusive) del mismo año, el pago de una Beca mensual de $ 1020.- (pesos mil veinte.-) a los siguientes estudiantes:
Abalos Maria Belen 40.549.472 Arribeños
Caceres Rocio Soledad 39.291.643 Arribeños
Calisti Ainara 41.784.146 Arribeños
Crossato Angel 41.784.125 Arribeños
De Camillis Nahuel Martin 39.151.548 Arribeños
Demartini Alessandro Emanuel 41.103.816 Arribeños
Descarga Viruleg Pablo 41.784.112 Arribeños
Fernandez Franco 41.103.820 Arribeños
Gherpelli Inda Malena 41.103.829 Arribeños
Giaccardi Maria Belen 39.151.544 Arribeños
Gomez Tozzi Alexandra 37.347.976 Arribeños
Hernandez Loana Micaela 41.784.129 Arribeños
Hernandez Panci Ulises 40.549.493 Arribeños
Larovere Joel 40.549.498 Arribeños
Lucero Laureano Ezequiel 41.784.127 Arribeños
Nescimbene Caterina 35.640.571 Arribeños
Parisi Franco Daniel 38.304.623 Arribeños
Rearte Virginia Abigail 40.549.485 Arribeños
Rickman Dusina Melinda 39.923.040 Arribeños
Rios Bargas Claudina 39.923.017 Arribeños
Rivas Nahuel Alfonso 41.784.128 Arribeños
Rivero Emiliano Agustin 41.784.120 Arribeños
Roche Ezequiel Ignacio 38.304.639 Arribeños
Romero Yamille Belen 38.304.648 Arribeños
Salazar Sofia Soledad 37.049.701 Arribeños
Yucanovich Marcos 41.103.825 Arribeños
Zanotti Mauro Andres 39.151.541 Arribeños
Nievas Enzo Sebastian 39.151.542 Arribeños
ARTICULO 2°: OTORGASE a partir del mes de septiembre del corriente año y hasta el mes de diciembre (inclusive) del mismo año, el pago de una Beca mensual de $ 1560.- (pesos mil quinientos sesenta.-) a los siguientes estudiantes:
Cardoso Luisina 41.784.142 Arribeños
Esterlus Maria Julia 37.347.959 Arribeños
Fernandez Deborah Melina 39.151.503 Arribeños
Frangolini Lucas Hernan 37.347.987 Arribeños
Heredia Jenifer 39.151.537 Arribeños
Lagoma Facundo 40.549.499 Arribeños
Lopez Ainara Maria Laura 39.923.005 Arribeños
Pera Antonella 39.151.532 Arribeños
Preciado Luna Berenice 39.923.014 Arribeños
Rostagno Cubero Sharon 35.154.500 Arribeños
Tozzi Micaela 39.094.974 Arribeños
ARTICULO 3°: OTORGASE a partir del mes de septiembre del corriente año y hasta el mes de diciembre (inclusive) del mismo año, el pago de una Beca mensual de $ 800.- (pesos ochocientos.-) a los siguientes estudiantes:
Bratos Maria Jose 35.431.521 Arribeños
Castro Maria Del Carmen 30.251.875 Arribeños
Di Placido Abigail 40.549.475 Arribeños
Gimenez Katherine Milagros 40.810.269 Arribeños
Mansilla Daiana Elizabeth 41.103.808 Arribeños
Olocco Francina 37.347.977 Arribeños
Ortiz Osvaldo Lorenzo Manuel 20.914.079 Arribeños
Pino Karen Janet 37.055.589 Arribeños
Ruiz Maria Florencia 35.218.911 Arribeños
Sanchez Ana Laura 37.859.165 Arribeños
Tozzi Barbara Micaela 31.045.050 Arribeños
Valdemoros Maribel 38.304.637 Arribeños
Villarreal Dianela 41.103.811 Arribeños
Woodman Elizabeth 40.810.270 Arribeños
ARTICULO 4°: El gasto se imputará a la partida jurisdicción (5.1.3.0) BECAS, de la Jurisdicción Conducción Ejecutiva, Categoría Programática, Dirección de Deportes, Turismo y Juventud del Presupuesto de Gastos Vigentes.
ARTICULO 5°: Comuníquese, Regístrese y Cumplido, ARCHIVESE.